RIF SUCESORAL
por Fundaheredero
( Información colocada en
forma y con términos sencillos para que sea comprendida por personas no
profesionales del Derecho )
Que es el Rif
Sucesoral:
El RIF es un número
que asigna el Seniat (Servicio nacional de administración Tributaria) a una
Sucesión cuando una persona fallece, ya que de acuerdo a la Ley tiene la
obligación de pagar impuestos a menos que tenga algún beneficio como
Desgravamen, Exención, Exoneración o Reducción. Para obtener el Rif Sucesoral,
debe llenar una Planilla en el Portal del Seniat, imprimirla y llevarla a una
oficina del Seniat con unos documentos
que más adelante se detallan..
Al tener el Rif
Sucesoral, ya está inscrito en el Seniat y puede entrar al Portal del Seniat
para hacer la correspondiente Declaración Sucesoral
REQUISITOS PARA
EL RIF SUCESORAL
1-
Acta de defunción y cédula del
causante o fallecido (ojo: cuando se diga causante es el fallecido)
2-
Acta de matrimonio del causante
(si estaba casado al momento de su fallecimiento
3-
Sentencia de divorcio ( si estaba
divorciado el causante)
4-
Si estaba casado: cédula y rif del
cónyuge
5-
Si el causante tenía hijos:
Partidas de nacimiento, cédula y rif de los hijos del causante
6-
a- Si el causante no tenía hijos:
cédulas y rif de los padres del causante.
b-
Si alguno de padres estaba fallecido, Acta de defunción del padre
c-
Si ambos padres estaban fallecido, debe tener las correspondientes actas de
defunción más las actas de nacimiento de los hermanos, cédulas y rif
7-
Recibo de algún servicio cuya
dirección esté igual señalada al de la vivienda principal del causante
PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL RIF SUCESORAL
Debe primero entrar
en Internet a la página del Seniat, buscar
-
"SISTEMAS EN LÍNEA"
luego
-
busca "INSCRIPCIÓN DEL
RIF"
-
y luego pincha en "SUCESIÓN CON
CÉDULA", si el causante poseía cédula, ó, “SUCESIÓN SIN CÉDULA” si el
causante NO tenía cédula.
-
ABRE un formulario que va a llenar:
la cédula del causante y la fecha del fallecimiento y le va a abrir una página
que debe ver al final y pincha REGISTRAR
-
ABRE una planilla que debe llenar 3
RENGLONES:
a-
DATOS DEL CAUSANTE: al abrir esa
página ya viene con el nombre y cédula del causante y va a llenar el estado
civil, nacionalidad, etc
b-
DOMICILIO FISCAL, coloque la
dirección tal y como se señala en el documento que es la vivienda principal del
causante.
c-
RELACIONES: coloque los nombres de
los herederos, cédulas y su condición de heredero y vuelve a colocar un
heredero como Representante Legal a menos que sea un tercero o Abogado con
PODER
Valide la Planilla
y la IMPRIME, la cual debe llevarla a la oficina del Seniat que corresponde al
domicilio del causante junto con los documentos que están señalados en
REQUISITOS PARA EL RIF. Una vez que entregue en la oficina del Seniat, en ese
mismo momento le darán el número del RIF SUCESORAL.
Ya obtenido el
número del Rif Sucesoral, debe entrar al Portal del Seniat y pincha donde dice
PERSONA NATURAL y abre una ventana para colocar el usuario y el clave, OJO: pero
lea más abajo donde dice REGISTRAR, y pincha allí. Abre una planilla donde
coloca el USUARIO que Usted decida, luego coloca la CLAVE que Usted decida,
luego señala que repita la clave, luego un email principal y otro email
alternativo. Ya le da a REGISTRAR.
Ya con ese usuario
y clave, Usted accede por la página principal del Seniat, donde dice PERSONA
NATURAL, en donde va a colocar su usuario y clave, que le va a servir tanto para
llenar la planilla para la Declaración Sucesoral, como para imprimir el Rif,
para hacer correcciones al Rif Sucesoral y otros.
CONTACTO con Fundaheredero:
Abogada: Nilda C. Reyes Carpio
inpreabogado Nº 34.184.
Teléfonos: 0416 835-93-44
0416
539-77-77
0424 174-88-52
FUNDAHEREDERO; experiencia en Herencia
-
Cálculos de Herencias
-
Trascripción de las planillas Sucesorales
-
Redacción de Documentos acerca de Herencia como;
-
Renuncia de Herencia,
-
Partición de Herencia,
-
Cesión de Derechos Hereditarios,
-
Heredero Ausente,
-
Declaración de Únicos y Universales Herederos
-
Testamentos
-
Asistencia Legal por ante el SENIAT de Caracas
-
Tramitación y obtención de documentos en Caracas
hola muy buenos dia estoy interesada en solicitar el rif sucesoral quisiera saber cuanto es el costo y tiempo mi numero de contacto es 04242422150 mi nombre es miriam martinez
ResponderEliminarbuenos días Dra Reyes, muchas gracias por su asesoría y apoyo legal; son muy importantes en estos momentos, Dios la Bendiga a usted y a su Familia!
ResponderEliminarSaludos Dra. Me gustaria saber de que manera procedo en el caso de que el conyuje del causante este fallecido tambien. Debo igual consignar el acta de matrimonio. Rif y Cedula para el RIF sucesora? son parte de los requisitos que leo. O solo consigno acta de defuncion tambien?.. le agradeceria la orientacion que pueda darme. Muchas gracias por esta publicacion que nos orienta los pasos a seguir. Mi abuela es la causante en este caso, pero mi abuelo esta fallecido, no veo la necesidad de llevar acta de matrimonio Cedula y RIF. Gracias
ResponderEliminarBuena y bendecida noche!
ResponderEliminarEstoy generando el rif sucesoral de mi ex-esposo, bueno, no tengo la sentencia de los tribunales ya que él nunca fue a firmarla, pero poseo la separación de cuerpos. Sin embargo dejó cuatro hijos: la mayor con su primera pareja, los dos míos habidos dentro del matrimonio y una cuarta que tuvo con su ultima pareja. Ahora, estoy adelantando el rif sucesoral pero no tengo su domicilio exacto para registrar ese dato en el sistema, solo me queda tramitar el acta de defunción ante el registro ya que su muerte es de reciente data (apenas han pasado mas de 48 horas) y me imagino que allí debe aparecer su domicilio fiscal. En el sistema registré a todos sus hijos y tuve que registrarme como responsable de la sucesión. No habrá algún problema con eso? Solo lo estoy haciendo para comenzar con algo ya que su pareja estaba muy perturbada con su fallecimiento y me dijo que no tenia cabeza en ese momento, y en parte estoy ayudandole con ese tramite
Quisera acotarle algo,al ser su divorcio por separación de cuerpos y él no haber ido para la conversión en divorcio, es probable que usted no esté divorciada, de ser así, aunque separada usted sigue siendo la esposa y al ser solo separación de cuerpos y no de bienes,, usted conserva vocación hereditaria; o sea, usted es heredera y no la pareja que él haya tenido después así hayan tenido hijos. Los hijos de él son todos herederos. Usted también habla de tramitar el acta de defunción, eso existe desde que fallece y es reportado al registrador civil, requisito para haberlo enterrado o cremado, quizás usted se refiere a otra cosa.
EliminarBuenos dias , la casa del causante no esta registrada ante el seniat como principal, tengo que registrarla y despues efectuo la declaracion sucesoral
ResponderEliminarbuen dia dra. si el documento de herederos universales no se saco en su debido tiempo que fue hace un par de años se puede sacar ahorita???
ResponderEliminarBuenas Tardes Dra. mi caso es que mi madre es la causante desde hace 3 años, somos 2 hermanos del 1er matrimonio de los cuales uno ya fallecio y con su 2da pareja 2 , mi caso es que mi madre compro 1 parcela en el Cementerio del Este cuando murio mi abuela, y mi pregunta es si al llegar a necesitar el puesto , la administracion del Cementerio se podra oponer legalmente a que se utilice , no queremos ni vender , ni traspasar a alguno de nosotros 3 que quedamos, solo quiero que me asesore por favor que debo hacer, agradecida de antemano su atencion a esta humilde peticion.
ResponderEliminarMUY INTERESANTE SU BLOGSPOT, ESTAREMOS EN CONTACTO MUY PRONTO. LA FELICITO
ResponderEliminarBuenas noches solicito de sus buenos oficios para solicitar una orientación:¿cuando se solicita el Rif Sucesoral en el Seniat, los documentos consignados como Partida de nacimiento de los herederos así como el Acta de Defunción del causante? estos documentos quedan registrados en el sistema del Seniat? si me puede aclarar esta duda por favor le agradezco.
ResponderEliminarhola! al llenar la planilla coloque la direccion de la vivienda principal equivocada y ya valide e imprimi como hago para corregir?...
ResponderEliminarbuenas tardes cuales son los requisitos para renovar rif sucesoral
ResponderEliminarbuenas noches, la planilla deberia haberme mostrado los requisitos para el rif sucesoral, pero la pagina que me da el link me sale not fond, si me puede ayudar, gracias saludos
ResponderEliminarBuenas noches! hice la tramitación para el RIF sucesoral y tengo la planilla de inscripcion del RIF emitida pero no la he llevado ante el SENIAT. Han transcurrido 7 meses del fallecimiento, puedo hacerlo aun? Gracias
ResponderEliminarBuenas tarde doctora como hago para sacar el rif sucesora por que me dice que ya está registrado cuando entró al portal de la pagina
ResponderEliminarbuenas noches, mi pregunta es la siguiente en el caso de mi representadas, de las cuatro hererederas hay 2 fuera del pais, al momento de sacar el rif, donde dice los hereederos, las puedo colocar a ellas ? o en caso de que exista un poder colocar el apoderado? aun no lo tienen pero estan pensando en las posibilidades de nombrarlos
ResponderEliminarPOR FAVOR COMO SACAR RIF SUCESORAL SI LOS HEREDEROS ESTAN FUERA DEL PAIS Y NO DEJARON PODER A NADIE... NO ESTAN POR LA PANDEMIA... PERO ESTAN TODOS LOS DOCUMENTOS LISTOS PARA RIF Y DECLARACION.. EL PADRE ERA COLOMBIANO Y VENEZOLANO .. MUERE EN COLOMBIA DE PASO, PERO YA HAY ACTA DE DEFUNCION APOSTILLADA PORQUE ESO ES POR INTERNET, PERO AQUI CON QUE CEDULA SE REGISTRA EL FALLECIDO... SI EL ATA DE DEFUNCION ESTA CON CEDULA DE COLOMBIA.. NO HAY NI UN FAMILAIR CERCANO QUE PUEDA DECLARAR.. QUE PEUDEN HACER POR FAVOR
ResponderEliminarExcelente información. Feliz día y bendiciones
ResponderEliminarDra, mi esposa hace un mes, tenemos un Apto en Ejido, Edo Mérida,está a nombre de ella,pero no se presentó como vivienda ppal, tenemos 4 hijos, vivimos en Caracas alquilado, desde hace 5 años por su enfermedad pulmonar,q domicilio fiscal debo poner para sacar el Rif sucesoral, aunq había llenado los datos con la dirección de Caracas, pero no la he presentado en el Seniat. Que me aconseja, gracias de antemano
ResponderEliminarPerdone Dra no completé la frase: hace un mes falleció...
ResponderEliminarEn caso del Rif de los herederos, que dirección debe tener el rif, si cada heredero tiene su vivienda
ResponderEliminarBuenas Tardes Dra. Agradecida con la información. Pero en estos momentos no puedo realizar el Rif sucesorial porque me dice que ya está registrado. Y también ya me pasé de los 180 días que estipula la ley. Que se puede hacer en ese caso?? Gracias
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